Antifraude archiva la denuncia contra la Paeria por presuntas irregularidades en la adjudicación del contrato del Plan Estratégico del Deporte de Lleida
Descarta el conflicto de interés teniendo en cuenta lo que figura en el artículo 64 de la LCSP2 y, además, añade que la propuesta de adjudicación tiene su origen en una decisión tomada por un comité técnico de expertos en el ámbito deportivo. Considera que se cumple con lo que establece la ley en cuanto al importe máximo del valor estimado del contrato ya la limitación temporal. También apunta que el conocimiento, el currículum y la experiencia profesional de quien debe ejecutar el contrato es un criterio válido para acreditar su idoneidad para realizar el servicio contratado
Quiñónez: “Después de recibir la comunicación oficial de la Oficina Antifraude, esperamos la rectificación pública del concejal Xavi Estrada en el marco del pleno municipal”